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Directrices de Accesibilidad Turística

por: Redacción Inclusivo
 |  Hastag Urbano

En Argentina, las Directrices de Accesibilidad en Alojamientos y Servicios Turísticos se enmarcan en un programa coordinado por el Ministerio de Turismo de la Nación, que cuenta con la asistencia técnica del Servicio Nacional de Rehabilitación (#SNR). 

El objetivo es fomentar una planificación de actividades turísticas que contemplen la plena integración, desde lo funcional y psicológico, de las personas con discapacidad, movilidad y/o comunicación reducida.

En concordancia con el principio de accesibilidad de la Ley Nacional de Turismo, este programa fue diseñado para incentivar la equiparación de oportunidades en el acceso y disfrute de la actividad turística, orientando la accesibilidad hacia la mejora de la calidad de los servicios turísticos.

 Estas directrices guían el accionar de un amplio abanico de prestadores, que brindan diversos servicios turísticos para la adaptación de los espacios y demás intervenciones físicas a fin de reducir barreras arquitectónicas o comunicativas, integrando a las personas con discapacidad y/o movilidad reducida con el propósito de lograr en el destino la inclusión de todos los usuarios en las actividades turísticas, tendiente a la prestación de servicios de excelencia. 

El principal beneficio asociado a las Directrices de Accesibilidad Turisticas consiste en la competitividad de la organización, ya que constituye una verdadera oportunidad de negocio que no sólo logra una fuerte fidelización de sus clientes, sino que además logra ampliar y diversificar su mercado.

Por otro lado, al ser un establecimiento que responde a las necesidades de todas las personas por igual, formando a su personal en la atención a las personas con discapacidad y promoviendo la inclusión, genera una imagen social positiva.

Temáticas que se abordan: condiciones arquitectónicas apropiadas; tipos de comunicación, señalización e iluminación; factores contemplados para garantizar la seguridad; y capacitación del personal. Estos son algunos destinatarios:

Podrán participar todas aquellas organizaciones que desarrollen actividades en la prestación de Alojamiento Turístico, y aquellos proveedores de Servicios Turísticos de la administración pública o privada, como: parques temáticos, termas, balnearios, predios deportivos o recreativos, centros invernales y de esquí, áreas gastronómicas y restaurantes, teatros, auditorios, cines, museos, áreas naturales protegidas, centros de interpretación y de información turística, entre otros.


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