La #inclusión de los niños y adolescentes con #discapacidad es todavía una #asignatura pendiente en nuestro país, a pesar de la legislación nacional y el diverso #tratamiento legislativo de las provincias.
La #discapacidad implica un amplio abanico, y el verdadero #problema radica especialmente en las del tipo #intelectual, que configuran en sí mismo otro #universo.
No es nuestra intención entrar en el terreno de los especialistas, en cuanto a la #catalogación (o no) de dichas condiciones, y de las diferentes posturas acerca de la “etiqueta” que un diagnóstico impone a un niño. Lo cierto es que siempre necesitamos ponerle un nombre a lo que produce esa discapacidad, sea Síndrome de #Down, Espectro #Autista, #TGD (Trastorno generalizado del desarrollo), etc., que es apenas una pista inicial en el abordaje de lo que necesitará en todos los aspectos.
Todos y cada uno de estos/as niños/as necesitan del abordaje de un tratamiento interdisciplinario que trabaje de forma combinada con las familias y las escuelas.
Es una tarea compleja que involucra un costo económico alto y emocional y por parte del estado las familias están desamparadas. Todo esto es posible si la #familia tiene recursos para hacerlo, las familias más vulnerables se encuentran a la deriva, por falta de información y/o conocimiento, y esos chicos/as son los olvidados, los que menos posibilidades tienen de apelar o luchar por los derechos que según el Estado les debería proveer.
Lo mismo podemos decir respecto de la discusión entre #integración e #inclusión.
Una discusión bizantina que sólo pone en evidencia la dificultad real de que los niños con discapacidad intelectual compartan la vida escolar con sus pares, en una misma escuela.
Tampoco se conoce la diversidad de integraciones que hay y pocas de ellas son amparadas por la ley.
El abordaje de la discapacidad implica varias dimensiones, todas orientadas a un objetivo común: que el niño/joven tenga la oportunidad de lograr su máximo potencial orientado a alcanzar autonomía en su vida adulta, para lo cual se necesita del concurso de diferentes actores:
1. Una Obra Social, para los temas médicos y para proveer las terapias de apoyo.
2. Sistema Educativo de competencia provincial, con la obligación de proveer de educación pública de gestión oficial o privada, durante todo el período de educación obligatoria. Con la dificultad asociada de que existe la doble matriculación, en la escuela común y en la especial, y en consecuencia con doble supervisión (la del nivel y la de especial).
<b>El sistema de salud</b>
La falta de articulación entre las necesidades reales, muchas solicitadas por los profesionales de la salud, con el sistema educativo, complejizan las posibilidades concretas de llevar a cabo la integración e inclusión de niños/as con discapacidad mental y/o físicas.
Si bien desde 1960 se realizó la primera integración escolar de niños/as con discapacidad visual y en los 70, de niños/as con discapacidad auditiva y motora, los niños/as con discapacidad mental fueron los más difíciles de poder integrar. En los 80 nace un programa llamado “Una escuela para todos”, que propone la integración con apoyo de un docente especializado.
Sin embargo, el punto de partida de todo es obtener el Certificado de Discapacidad (CUD) que otorgan las administraciones provinciales por delegación de la Nación. Un trámite engorroso, que tarda muchos meses y que debe ser renovado, a pesar de que la Discapacidad Intelectual no es reversible. ¿Cuántas veces deberá pasar por esta instancia una familia con una persona con Síndrome de Down? ¿Qué parte de congénito no entienden estas juntas de “expertos”?
Esto implica que una familia deberá lidiar con tres niveles de burocracia, toda la vida.
¿Cuántos niños y jóvenes con discapacidad tenemos en Argentina? No lo sabemos con exactitud, porque no fueron incluidos en el último censo, seguramente porque habría que explicar por qué en algunas localidades hay más discapacitados que en una guerra.
<b>El sistema educativo</b>
● La Ley Nacional nro. 26206 “regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender consagrado por el artículo 14 de la Constitución Nacional y los tratados internacionales incorporados a ella” y señala que “la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado”.
● La Ley Nacional Nro. 26233, conocida como la de los derechos del niño, sancionada en marzo del 2007, indica: “Se entiende por Centro de Desarrollo Infantil a los espacios de atención integral de niños y niñas de hasta cuatro (4) años de edad, que además realicen acciones para instalar, en los ámbitos familiar y comunitario, capacidades que favorezcan la promoción y protección de los derechos de niños y niñas”.
● La Resolución C.F.E. Nro. 311/16 detalla que los Estados Partes asegurarán que: a) las personas con discapacidad no queden excluidas del sistema general de educación por motivos de discapacidad, y que los niños y las niñas con discapacidad no queden excluidos de la enseñanza primaria gratuita y obligatoria ni de la enseñanza secundaria por motivos de discapacidad; b) las personas con discapacidad puedan acceder a una educación primaria y secundaria inclusiva, de calidad y gratuita, en igualdad de condiciones con las demás, en la comunidad en que vivan; c) se hagan ajustes razonables en función de las necesidades individuales; d) se preste el apoyo necesario a las personas con discapacidad, en el marco del sistema general de educación, para facilitar su formación efectiva; e) se faciliten medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social, de conformidad con el objetivo de la plena inclusión”.
● La ley Nacional Nro. Nº 26.061 establecerá los procedimientos y recursos correspondientes para identificar tempranamente las necesidades educativas derivadas de la discapacidad o de trastornos en el desarrollo, con el objeto de darles la atención interdisciplinaria y educativa para lograr su inclusión desde el nivel inicial.
<b>Adaptación curricular</b>
El artículo 6° explica que “la Autoridad de Aplicación deberá elaborar la adaptación curricular referida en el inciso b) del artículo precedente. Para garantizar el acceso al currículo común, en el caso de Dificultades Específicas del Aprendizaje tendrá en cuenta las siguientes consideraciones orientativas:
a) Dar prioridad a la oralidad, tanto en la enseñanza de contenidos como en las evaluaciones;
b) Otorgar mayor cantidad de tiempo para la realización de tareas y/o evaluaciones;
c) Asegurar que se han entendido las consignas;
d) Evitar las exposiciones innecesarias en cuanto a la realización de lecturas en voz alta frente a sus compañeros;
e) Evitar copiados extensos y/o dictados cuando esta actividad incida sobre alumnos con situaciones asociadas a la disgrafía;
f) Facilitar el uso de ordenadores, calculadoras y tablas;
g) Reconocer la necesidad de ajustar los procesos de evaluación a las singularidades de cada sujeto;
h) Asumirse, todo el equipo docente institucional, como promotores de los derechos de niños, niñas, adolescentes y adultos, siendo que las contextualizaciones no implican otorgar ventajas en ellos frente a sus compañeros, sino ponerlos en igualdad de condiciones frente al derecho a la educación”.
<b>La vida real</b>
Más allá de lo que la legislación manda, y de lo que las obras sociales deberían cubrir, lo importante, en el fondo, es cómo todos los que formamos parte del sistema encaramos el tema que, como en tantas otras ocasiones, se deriva en la escuela, sin más, sin orientaciones, ni apoyos, como otro tema a resolver. Por eso formularemos algunos cuestionamientos que nos interpelan.
Las preguntas incómodas:
1. ¿Realmente queremos que los niños con discapacidad intelectual estén en la misma aula con otros niños de la misma edad?
2. ¿Cuáles son las trabas que las escuelas ponen a las familias para inscribir a un niño con discapacidad intelectual?
3. ¿Cuál es la formación de los docentes en este campo? ¿Por qué dicen que no están preparados?
El discurso políticamente correcto dice que sí, pero apenas comenzamos a hablar del tema surgen todos los “peros”. En consecuencia, está claro que, por muchos motivos, y probablemente el miedo sea el predominante, lo real es que nadie quiere a uno o varios chicos con discapacidad intelectual en el aula.
<b>Los docentes</b>
El principal argumento de los docentes es que no están preparados. Lo que en parte es cierto. Los maestros y los profesores no recibieron ninguna formación en el campo de la discapacidad en su formación inicial. Lo que es coherente con un sistema que segregaba a los niños con discapacidad.
Es por eso que los maestros de Educación Especial, de larga tradición en nuestro país, se desempeñaban en las Escuelas Especiales, donde se trabajaba en habilidades psicomotrices, sociales, pero no era la alfabetización el eje del proceso de enseñanza.
<b>Oportunidades y desafíos</b>
La Ley y la buena voluntad no bastan. Nuestros niños y adolescentes merecen mucho más. Propuestas:
● Simplificación de trámite de obtención del CUD, haciendo además legible e interpretable por las familias los actuales códigos que determinan las prestaciones.
● Eliminación del trámite de renovación en todas las patologías congénitas y adquiridas con carácter irreversible.
● Relevamiento de personas con discapacidad integradas.
● Padrón educativo de la discapacidad en cada jurisdicción a fin de dar acompañamiento a las necesidades educativas de los niños y sus familias. Necesitamos saber dónde están y en qué escuelas.
● Administración de las vacantes en escolaridad de gestión estatal y privada respetando la opción de la familia que garantiza la ley, brindando a las escuelas los apoyos e incentivos necesarios para la inclusión efectiva y de calidad.
● Diseñar un plan de reasignación del personal de las escuelas especiales en las escuelas comunes, a fin de constituir equipos permanentes de integración estables en cada escuela que reciba a niños con discapacidad intelectual.
● Incorporar capacitación específica en TODOS los niveles de la carrera docente: formación inicial, en servicio durante la carrera, en todos los profesorados de todas las especialidades; de grado y posgrado, como incentivo para ascenso y nuevas figuras pedagógicas que la transformación educativa demande en el mediano plazo.
● Asignar presupuesto y recursos humanos y materiales a las escuelas que establezcan equipos permanentes de atención a la discapacidad.
● Eliminación de las infinitas trabas burocráticas que las obras sociales ponen a sus afiliados para las prestaciones por discapacidad. Porque lo que necesita un discapacitado NO se cuestiona, dado que la ley ya lo estableció y el CUD así lo expresa.
Creemos que se le debe permitir a las familias poder decidir y elegir una escuela en función de sus creencias y posibilidades. Sería bueno que el Estado provea y acompañe para que los/as niños/as con discapacidad tengan las mismas oportunidades y derechos en todos los rincones del país.
nota de Maria Cristina GomezyMariana Schenone -