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Tecnología Integral en Servicios Penitenciarios

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Las prisiones o dependencias carcelarias en el territorio argentino son espacios complejos de acuerdo a su tamaño y arquitectura, que necesitan mejores controles efectivos.

A medida que incrementa la población carcelaria se hace más importante contar con tecnología para su administración y resolución de los desafíos que se presentan. Estas instalaciones cuentan con cientos de habitaciones, bloques de celdas múltiples y una amplia variedad de áreas interiores y exteriores que requieren de vigilancia constante.

La seguridad penitenciaria se refiere no solo a los medios por los cuales se pueden prevenir las fugas, sino también a las medidas necesarias para evitar que los reclusos de alto riesgo dirijan actividades delictivas desde prisión para que se concreten en el medio libre.

El Servicio Penitenciario nació hace 90 años, en 1933, y es conmemorado en coincidencia con el Día de Nuestra Señora del Carmen, en honor a la Virgen patrona de la institución. El nombre de la celebración comenzó siendo “Día del Agente Penitenciario”, pero posteriormente fue modificado mediante el Decreto N° 3.342 de 1968 como “Día del Servicio Penitenciario Federal.

La cuestión Penitenciaria, se ha transformado en un tema remanido y no por sus bondades o beneficios, sino más bien, todo lo contrario. El sicariato como fenómeno, las balaceras como su instrumento, con la alarmante cantidad de personas fallecidas, han disparado investigaciones que, en una abrumadora cantidad de casos, se encontraron con un denominador común: el origen, planificación y control de la ejecución había partido desde alguna celda, de alguna cárcel, en algún lugar de la vasta geografía de nuestro territorio. 

 El delito no reconoce jurisdicciones. La capilaridad que presenta el entramado carcelario con su dispersión geográfica, no alcanza siquiera a contener la voluntad de estas empresas del delito que, además de dolor y muerte, no trepidan en escalar a la generación del caos social.

El otro dato (quizá central), es que la falta de un indicador común, de un ordenador que supere la mera coyuntura y de clara orientación a la temática carcelaria se transforma en el generador de este epifenómeno que es el surgimiento de la cárcel búnker.

La Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad (N° 24.660 y sus modificatorias), a pesar de sus postulados superadores para la época en que se promulgó, resulta hoy insuficiente ante la irrupción de la criminalidad organizada. Un asunto central que esta ley vino a definir es el objetivo de la ejecución de las penas privativas de la libertad en consonancia con la normativa constitucional incorporada pues, a partir de la reforma del año 1994, se jerarquizan a ese nivel los pactos y tratados internacionales sobre derechos humanos. Si bien es cierto que la mayor parte de las provincias aplican a nivel macro los preceptos de la normativa, esta es una ley de adhesión; por lo cual, no hubo, a pesar de los años transcurridos, una verdadera unificación conceptual en cuanto a la finalidad de la ejecución y la puesta en valor de aquellos aspectos que trascienden la complejísima tarea de reinserción social de los condenados. La delincuencia organizada ha expuesto como nunca esta disparidad de criterios, alertando sobre las vulnerabilidades que presenta el Sistema Penitenciario Nacional (formado por el S.P.F. y los servicios penitenciarios provinciales), al no poder contener el accionar criminal desde el interior de las prisiones, evidenciando su falta de integración. La conjunción de establecimientos obsoletos (gran parte de la estructura sobre la que descansan los cimientos de la institución penitenciaria data de la primera mitad del siglo XX) y las estructuras concebidas en conceptos criminológicos ya perimidos -con una sociedad completamente diferente y, además, sujeta a la influencia, como nunca antes, de la tecnología aplicada hacia el interior de las prisiones- hicieron posible que las amenazas existentes se hayan materializado como preocupantes vulnerabilidades, que solo son advertidas a nivel social por sus consecuencias.

Por ejemplo, se torna difícil explicar que, teniendo 8 complejos penitenciarios y 27 unidades de alojamientos de internos en todo el país, casi el 60% de los privados de la libertad estén en establecimientos ubicados en la región metropolitana de Buenos Aires, es decir, en la Ciudad, Ezeiza y Marcos Paz. En líneas generales la estructura del Servicio Penitenciario Federal se revela como onerosa, ineficiente, poco transparente y altamente burocratizada.

En el servicio provincial de Santa Fe,, se incorporó el sistema #UFED para la extracción de datos de celulares y el hardware para el uso en investigaciones; se contrató el Sistema de Administración y Juzgamiento de Infracciones que utiliza la Policía de Seguridad Vial, que tiene como finalidad la verificación electrónica de infracciones y su validación informática;  se reemplazó el viejo  911 por un nuevo Sistema de Control, Atención y Despacho (SiCAD) para la modernización de los servicios policiales que comprende tecnologías avanzadas de comunicación y videovigilancia, logrando que todas las fuerzas de la provincia estén plenamente coordinadas y conectadas para realizar tareas de prevención, operación y control policial. El sistema de inhibición de señal implementado en la Unidad Penitenciaria N°11 ubicada en Piñero, sirve también como una prueba para el #Invap que realizará un estudio de factibilidad para, en lo pronto, aplicarlo en Las Flores y Coronda. Por otra parte, el secretario de Asuntos Penitenciarios de Santa Fe, reconoció que se ha producido un retraso en la inauguración de la nueva Cárcel Federal de radicada en la ciudad de Coronda, inicialmente programada para agosto, pero que ahora se ha pospuesto para finales de año.

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