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Se mantienen los Coseguros exentos en Discapacidad y otras Prestaciones

La desregulación de coseguros se refiere a la libertad que se otorga a las entidades de medicina prepaga y obras sociales para fijar libremente los precios de los coseguros, es decir, los valores que los pacientes deben pagar por ciertas prestaciones médicas. Esta medida se implementó a través de una resolución emitida por el Ministerio de Salud de la Nación, que dejó sin efecto los aranceles vigentes en concepto de coseguros establecidos para las prestaciones médico-asistenciales contempladas en el  Médico Obligatorio (#PMO) y sus normas complementarias

La Resolución Nro 1926/24, a través de su Anexo, mantiene la exención para personas con discapacidad, practicas en el servicio oncológico y prestaciones relacionadas con el cuidado integral de la salud infantil y embarazos.  El Ministerio de Salud a través de su Resolución liberó los topes fijados para un gran abanico de servicios médicos. Así, prepagas y obras sociales podrán cobrar lo que decidan por prácticas tan habituales como consultas ambulatorias o análisis clínicos. Advierten que “se está transformando a la salud en un objeto comercializable". 

“Los Agentes del Sistema del Seguro de Salud podrán fijar libremente los valores de los coseguros de las distintas prestaciones médicas comprendidas –indicó la Superintendencia en un comunicado- Estos cambios impulsan la libre competencia entre los Agentes del Sistema del Seguro de Salud y que los beneficiarios elijan con mayor libertad”. Deviene imperioso proceder a la eliminación de toda injerencia de la autoridad de aplicación en los valores de los coseguros tanto para los Agentes del Seguro de Salud como para las Entidades de Medicina Prepaga, permitiendo que aquellos sean fijados libremente, con el objetivo de garantizar una mayor competitividad y transparencia en el Subsistema de Salud”, plantea la nueva normativa. Pese a que la liberación de precios para las cuotas de las prepagas, fomentada y luego moderada por este mismo Gobierno, ya dejó en claro qué implica que el mercado se regule solo en materia sanitaria.

La medida se traduce en un traslado de costos médicos a afiliados de obras sociales y empresas de medicina privada. Deberán abonar lo que el mercado defina por prácticas como ecografías, electrocardiogramas, tomografías, ecodoppler y otras.

Las excepciones a la desregulación incluyen tratamientos oncológicos, atención del embarazo, prácticas de enfermería, etc. Esas excepciones –contempladas en la resolución 1926/2024 que firma el ministro Russo- implican una marcada reducción de las prácticas cubiertas según lo establecido en 2002.

Por caso, ya no forman parte del anexo de prestaciones reguladas los análisis de colesterol, glucemia o hierro. Ni las que involucran prótesis de Ortopedia y Traumatología, yesos o vendajes. Tampoco los estudios de testificación de alergia.

La normativa indica que las entidades están obligadas a informar claramente a sus beneficiarios sobre los copagos asociados a cada servicio, tanto en el momento de la inscripción como en caso de cualquier cambio.

En los considerandos de la resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial se señaló que por el DNU 70/2023 “se propició liberar las restricciones a los valores de las cuotas de los planes de salud del subsistema de medicina prepaga para aumentar la competitividad del Subsistema de Salud” y la liberación en el precio de los copagos también responde a ese decreto.

“Los coseguros pueden ser una vía para abaratar las cuotas y que las entidades compitan y ofrezcan opciones a sus beneficiarios o a nuevos socios”, dijo un directivo de una empresa de medicina privada. Un sector que tras la liberación de precios multiplicó sus costos en cuestión de meses. Y comparó el sistema que fomenta el Gobierno con “un seguro de auto, donde uno define qué quiere cubrir y qué porcentajes”.

La salud en la mira comercial.

“Es una vuelta de hoja más a la destrucción del sistema de salud en la Argentina. Porque de esta manera se está transformando a la salud en un objeto comercializable, y solamente lo van a poder adquirir aquellos que puedan pagar. Los que no, quedarán tirados”, advirtió Osvaldo Bassano, abogado y presidente de la Asociación de Defensa de. Derechos de Usuarios y Consumidores (#ADDUC).

“Prever que porque se libera todo va a haber libertad de mercado lo único que garantiza es salud para unos pocos, la salud como intercambio comercial y permitir que entidades financieras que no tienen ninguna expertiz en salud se vean abocadas a la atención de la salud. Esto va a significar un incremento desmesurado para pacientes: una pareja va a pagar 500 mil pesos de cuota y va a terminar pagando la visita o consulta médica como si no tuviera prepaga. Quien no pueda pagar eso terminará en la salud pública o, ante su colapso, sin poder atenderse. No es un sistema que tenga cabida en el mundo. No lo tiene. En Estados Unidos tuvo que ser modificado por las graves situaciones que generó; tuvieron que empezar a solucionar la avaricia con que se mueve la salud comercializada”, cuestionó el letrado en conferencia de prensa. “Consideramos que es grave. Todo el sistema  es un dislate en beneficio de corporaciones financieras”, completó.

Recalcamos que la medida publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución 1926/2024, cae sobre todas las prestaciones médicas, menos las que ya estaban exceptuadas, que son las vinculadas a tratamientos oncológicos, discapacidad, plan materno infantil, y las previstas en las normativas para el tratamiento de Hepatitis, VIH y transmisibles, y de las comprendidas por el Sistema Nacional de Protección de Trasplantados.

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