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Un Nuevo CUD tiene vigencia en Argentina

por: mwilson
 |  Hastag Urbano

El objetivo del nuevo Certificado Único de Discapacidad (#CUD), es promover la protección integral de toda persona con discapacidad, incorporándola al sistema de prestaciones. El #CUD es un instrumento público, personal e intransferible, equivalente al #DNI de una personaLa aprobación del nuevo modelo del #CUD se hizo mediante la publicación de la Resolución nro. 1426/2023 de la Agencia Nacional de Discapacidad (#ANDIS) en el Boletín Oficial.

El Gobierno Nacional reglamentó la Ley Nacional N° 27.711 sancionada este año, que establece que los Certificados Únicos de Discapacidad (#CUD) se expedirán sin vencimiento.

La medida ratifica el proceso de simplificación y desburocratización en el acceso al #CUD como derecho, y la implementación progresiva, gradual y en etapas de una nueva dinámica de vinculación del Estado con las personas con discapacidad del país, tanto para quienes ya poseen el #CUD, como para aquellas que tramiten la obtención del mismo por primera vez, iniciado a través de la Resolución 322/2023 de la #ANDIS

¿Cómo tramitar el nuevo modelo del Certificado Único de Discapacidad?

El primer paso para tramitar el nuevo modelo del #CUD es reunir la documentación requerida: certificados médicos, informes, planillas y estudios complementarios. Luego hay que solicitar un turno con la Junta Evaluadora, a quien deberás entregar toda la documentación.

La tramitación y el otorgamiento del #CUD es complemente gratis. El nuevo formato digital de este certificado se puede consultar en la aplicación"Mi Argentina". El mismo tiene la misma validez que el soporte papel. Por ello es posible presentar cualquiera de las dos versiones.

 

En el marco del Plan de Promoción, Mejoramiento y Fortalecimiento de la Certificación de la Discapacidad instituido por la Agencia Nacional de Discapacidad (#ANDIS), la Resolución 322/2023 ya publicada  en el Boletín Oficial y que  ratifica la implementación progresiva, gradual y en etapas, de una nueva dinámica de vinculación de las personas con discapacidad con los procesos de certificación, tanto para quienes ya poseen el #CUD, como para aquellas que tramiten la obtención del mismo por primera vez. 

Entre las novedades y mejoras introducidas, se destaca que el #CUD ya no tendrá vencimiento legal  y el Estado será el que adopte un rol proactivo para acompañar a las personas con discapacidad durante todo su curso de vida y se promoverá una innovación tecnológica que permitirá la simplificación, desburocratización y agilización de los trámites vinculados con la certificación. Las instancias de acompañamiento y actualización se efectivizarán con una periodicidad entre los 5 y 15 años -en todos los casos-, contados desde la certificación inicial o de la instancia de actualización correspondiente, mediante un contacto y acercamiento fehaciente por parte del Estado, a través de los canales y vías de comunicación existentes y de los que se implementen en el marco de la innovación tecnológica planificada a tal efecto.

Beneficios del #CUD:

 Sistema de Salud: El #CUD permite el acceso a una cobertura integral  (100%) de las prestaciones básicas de salud: medicación, tratamientos médicos, rehabilitadores, apoyos educativos, prótesis, etc., tanto en los ámbitos públicos como privados.

 . Transporte: traslados gratuitos en el transporte público terrestre de corta (urbanos), medía (interurbanos) y larga distancia.

 . Asignaciones familiares: ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por cónyuge con discapacidad.

 Otros trámites: exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros). En estos casos,  la exención debe solicitarse ante la autoridad de aplicación de cada normativa.

  . Símbolo Internacional de acceso: libre estacionamiento, en los lugares permitidos, independientemente del vehículo en el que te traslades.

  • Compra de automotores o km:  De acuerdo con la Ley Nac nro. 19.279 y subsiguientes.
  • Sepelio. La ley Nac nro. 21.074 Se instituyó el subsidio por sepelio para personas que cobren pensiones no contributivas por discapacidad y trasplantes.
  • Programa Federal de Salud (PROFE - INCLUIR SALUD) . 

    Puede afiliarse al programa toda persona humana, titular de una Pensión no Contributiva (#PNC) que no posea cobertura médica como beneficiario del Sistema Nacional de Seguro de Salud o de una Obra Social Provincial.

    Financia la cobertura médico-asistencial a:

    • Titulares de pensiones asistenciales: madres con siete hijos o más (Ley 23476), personas con discapacidad, con invalidez (Ley 18910), mayores de 70 años en situación de pobreza (Ley 13478).
    • Beneficiarios de pensiones por leyes especiales: ex-combatientes de Malvinas, familiares de desaparecidos, precursores de la Antártida Argentina, ganadores de Premios Nobel u Olímpicos, prelados, etc.
    • Beneficiarios de pensiones graciables: personas designadas por legisladores del Congreso Nacional.

    ¿Puedo afiliar a un familiar a cargo?

    Cumpliendo con la Resolución 1862/11 del Ministerio de Salud de la Nación los beneficiarios podrán solicitar la incorporación al programa de cualquier familiar a cargo, siempre y cuando reúnan los siguientes requisitos:

Recuerda que el Certificado Único de Discapacidad (#CUD) es un documento público que se otorga a las personas que tienen una alteración funcional física, intelectual, psicosocial, visceral o sensorial de largo plazo que, al interactuar con las barreras que le ofrece el entorno, pueda impedir su participación plena y efectiva en la sociedad. Su tramitación es gratuita y de carácter confidencial.


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