La Coordinación de Apoyo a Trabajadores/as con discapacidad implementa un conjunto de programas y acciones destinados a la inserción de personas con discapacidad en empleos de calidad en el mercado laboral competitivo o emprendimientos independientes. Para tal fin, trabaja de forma articulada con empleadores y empleadoras, organizaciones sociales y organismos públicos.
A los/as trabajadores/as con discapacidad se los acompaña en su formación e inserción laboral a través del Programa Promover la Igualdad de Oportunidades; a los empleadores y empleadoras se los asiste en la búsqueda de trabajadores/as con discapacidad y se les ofrece beneficios económicos para su contratación o entrenamiento laboral; a las instituciones sin fines de lucro se las invita a realizar proyectos para que las personas con discapacidad puedan desarrollarse laboralmente y, por último, se asiste a organismos públicos de todo nivel en la búsqueda de trabajadores y trabajadoras con discapacidad.
Aprueba la Reglamentación de la Ley Nac. Nº24.901 que instituye un sistema de prestaciones básicas de atención integral en favor de las personas con discapacidad. Faculta al Ministerio de Salud a dictar juntamente con la ANDIS las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para la aplicación de la reglamentación que se aprueba por el presente decreto.
- Personas con discapacidad
- Instituciones sin fines de lucro
- Empleadores y empleadoras
- Organismos públicos nacionales, provinciales y municipales
Concesión y explotación de espacios comerciales - Dto. 795/94 - reglam de la Ley Nac. Nº 24.308-
El Estado nacional, los entes descentralizados y autárquicos, las empresas mixtas del Estado y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, están obligados a otorgar en concesión a personas con discapacidad, espacios para pequeños comercios en toda sede administrativa.
¿Cómo hago para inscribirte?
- Accede a la plataforma "trámites públicos": tramitespublicos.trabajo.gob.ar.
- En el buscador de la página, pone “Concesiones a personas con discapacidad” y luego selecciona “Concesiones a personas con discapacidad”. Verás 3 trámites disponibles.
- De los tres trámites, selecciona “Registro de Aspirantes”. El sistema te va a pedir Cuit/Cuil y una contraseña para continuar. Completalo y regístrate.
Régimen Federal de Empleo Protegido. Ley Nac. Nº 26.816 - Disposic. N° 001/2022
Promover el desarrollo laboral de las personas con discapacidad mejorando el acceso al empleo y posibilita la obtención, conservación y progreso en un empleo protegido y/o regular en el ámbito público y/o privado. Impulsar el fortalecimiento técnico y económico de los organismos responsables para generar condiciones protegidas de empleo y producción que incluyan a las personas con discapacidad.
Decreto Nº 1771/15
Reglamenta el Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad sancionada el 28 de noviembre de 2012 y promulgada el 7 de enero de 2013.
Accesibilidad Web. Ley Nº 26.653
En noviembre de 2010 se aprobó en Argentina la Ley 26.653 de accesibilidad a la información en las páginas web (versión HTML), una de las primeras legislaciones sobre accesibilidad web que se promulgan en Sudamérica.
Ejes y objetivos
Fortalecimiento del empleo protegido para personas con discapacidad a través de los Talleres Protegidos de Producción, de la conformación de Grupos Laborales Protegidos y de la inserción asistida de personas con discapacidad en el empleo público y privado.
Intervenir y llevar un registro de concesionarios, aspirantes y lugares disponibles para la aplicación de la Ley Nac. Nº24.308.
Articular con el Comité Técnico de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad (CONADIS) y con el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad dependientes del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales.
Diseñar e implementar planes, programas y acciones de empleo y formación profesional, en coordinación con las áreas de la Secretaria de Empleo con competencia específica, dirigidos a trabajadores con discapacidad.
Producir, interpretar y aplicar normas que regulen cuestiones de empleo y formación profesional de personas con discapacidad.
Asesorar y asistir a todas las áreas del MTEySS respecto de la problemática del empleo y la formación profesional de personas con discapacidad.
Instrumentar acciones de difusión y asistencia técnica a instituciones públicas y privadas que intervengan en temas de empleo y formación profesional de personas con discapacidad.
Garantizar los derechos de las personas con discapacidad a trabajar y realizarse profesionalmente.
Transversalizar la perspectiva de la discapacidad en las políticas públicas de empleo.
Incluir más tecnologías de la información y la comunicación (TIC) orientadas a las personas con discapacidad.
Que las empresas generen convocatorias e implementen entrenamientos de alcance local, nacional, regional e internacional que incluyan a trabajadores con discapacidad.
Se crea con el objetivo de brindar un sistema de protección integral de las personas discapacitadas, tendiente a asegurar a éstas su atención médica, su educación y su seguridad social. En cuanto a materia de Empleo se destacan los artículos N°8, N°11 Y N°12. consultar
MEDIANTE LA LEY NAC. N° 26.378 SE APRUEBA LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SU PROTOCOLO FACULTATIVO, DOCUMENTOS APROBADOS MEDIANTE RESOLUCION DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS DEL 13 DE DICIEMBRE DE 2006. SU ART. 27° EXPRESA LA CONDICIÓN DE EMPELO Y TRABAJO EN CONDICIONES DE IGUALDAD DE OPORTINIDADES. consultar
El Estado Argentino la incorporó junto con las demás Convenciones Internacionales en nuestra Carta Magna, pasando así a integrar el denominado Bloque Constitucional de los Derechos Humanos. Otorgando jerarquía constitucional en los términos del artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. consultar |
Aclaraciones para los trabajadores y las trabajadoras con discapacidad
Los programas son compatibles con la pensión no contributiva por invalidez y otros beneficios previsionales en el marco de la discapacidad. Si tenés pensión no contributiva por invalidez y empezás a trabajar en relación de dependencia envía un correo pidiendo la suspensión de la misma a
Cuando finalice la relación laboral, la pensión será dada de alta. Ante cualquier duda podés informarte a través de nuestra noticia Resolución 36/2021 sobre Pensiones No Contributivas.