Las prestaciones por discapacidad las pagan las obras sociales y las prepagas, las cuales deben cubrir el 100% de los gastos según el nomenclador de prestaciones básicas.
Para quienes no tienen cobertura, el Estado a través de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) o el programa Incluir Salud es el responsable del financiamiento. Los fondos para cubrir estas prestaciones provienen del Fondo Solidario de Redistribución, que se nutre de los aportes de trabajadores y empleadores.
Cobertura y financiamiento
Obras sociales y prepagas: Tienen la obligación de cubrir el 100% de las prestaciones para habilitación y rehabilitación. Si una obra social niega o discontinúa la cobertura, se puede denunciar ante la Superintendencia de Servicios de Salud,.
Cómo se distribuye el presupuesto destinado a personas con discapacidad y cómo evolucionó
Prestadores de servicios de salud y familiares de personas con discapacidad reclaman por atrasos de hasta 3 meses en los pagos y denuncian un “ajuste” en el sector.
El pago de las prestaciones se realiza a través de un fondo compuesto por aportes patronales, de trabajadores y obras sociales, y se ejecuta a través de la Superintendencia de Servicios de Salud y de la AFIP.
En lo que va del año, el Gobierno aumentó en términos reales los gastos del área, pero estos fondos en su mayoría fueron destinados al pago de asignaciones familiares y pensiones por invalidez.
En las últimas semanas se registraron protestas de prestadores de servicios de salud y asociaciones de pacientes con discapacidad y sus familias, quienes reclaman el atraso de hasta 3 meses en los pagos de las prestaciones y denuncian un “ajuste” en el sector.
En respuesta, el Gobierno nacional aseguró que los pagos a prestadores se encuentran regularizados y negó que existan recortes en el área. En esta nota te contamos cómo se distribuyen en el presupuesto los fondos destinados a la atención de personas con discapacidad y cómo evolucionaron estas erogaciones en los últimos años.
El sistema de pago de las prestaciones
El pago de las prestaciones básicas a personas con discapacidad se realiza a través del Fondo Solidario de Redistribución, creado en diciembre de 1988. Dicho fondo no cubre todas las prestaciones sino aquellas definidas por un nomenclador especial.
El resto de las prácticas son financiadas de forma directa por las obras sociales.
El Fondo Solidario es administrado por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) y es recaudado por la AFIP a partir de un porcentaje de aportes patronales y de trabajadores, del PAMI y otras contribuciones de las propias obras sociales.
El pago de las prestaciones se realiza a través de un mecanismo denominado “Integración”, creado por el Decreto N° 904/16.
Allí se establece que las obras sociales deben remitir a la Superintendencia las facturas de las prestaciones efectuadas (de hasta 4 meses previos).
La Superintendencia procesa y valida esa información y luego informa a la AFIP -quien tiene a su cargo la recaudación del Fondo- el detalle de los pagos que debe realizar a cada obra social.
Éstas, a su vez, lo remiten a los prestadores. Desde el Gobierno nacional aseguraron que no se produjeron demoras en este proceso, e indicaron que en la primera quincena de cada mes se realizarán los pagos a las obras sociales.
Por ello, este medio realizó recientemente un pedido de acceso a la información pública para determinar si el pago de las prestaciones a personas con discapacidad se encuentra en los niveles normales en relación con años anteriores, o si sufrieron una caída real en el monto de las mismas.
La ejecución de los fondos para el área de discapacidadDe acuerdo con los datos de ejecución del presupuesto, la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) ejecutó hasta el mes de agosto un 2,8% más que en igual período de 2021, en términos reales (es decir, contemplando el efecto de la inflación).
Sin embargo, si se comparan los datos actuales con los primeros 8 meses de 2018 (primer año completo de funcionamiento del organismo, creado en septiembre de 2017, durante el gobierno de Mauricio Macri -Cambiemos-), la ejecución fue un 11,6% inferior en términos reales.
Pero no todas las acciones presupuestarias destinadas a la discapacidad son realizadas por la ANDIS. Como se explica en este documento de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), el Gobierno comenzó a individualizar en la ejecución presupuestaria todas las acciones relacionadas con la atención a personas discapacitadas que eran transversales a los diferentes organismos.
Es decir, que se computan como partidas presupuestarias destinadas al sector, independientemente del organismo que las ejecute. Siguiendo este análisis, la OPC indicó que en todo el año , el Gobierno destinó $ 353 mil millones al área.
En tanto, hasta el 31 de agosto último los gastos devengados en acciones relacionadas con la atención a la discapacidad fueron $ 356 mil millones, un 4,6% más en términos reales que en relación al mismo período de 2021 (cuando se habían ejecutado casi $ 211 mil millones). Garay Méndez señaló que el grueso de las partidas vinculadas a las personas con discapacidad se explican por el pago de pensiones por invalidez (a cargo de la ANDIS) y de asignaciones familiares por hijos con discapacidad que otorga la ANSES.
Como se indica a continuación, ambas partidas tuvieron un fuerte incremento debido a los bonos otorgados por el Gobierno nacional en los meses de abril y mayo último, y explican en gran medida el incremento real de los gastos en el área.
Ampliación de partidas
En lo que va del año, el Gobierno realizó ampliaciones de partidas para el área de discapacidad, de acuerdo con un análisis realizado por la OPC en base a los cambios presupuestarios realizados por la administración nacional .
El grueso de las ampliaciones fueron destinadas al pago de asignaciones familiares y pensiones por invalidez. En junio último, a través de la Decisión Administrativa N° 549/22 de la Jefatura de Gabinete de Ministros se destinaron $ 2.200 millones a la ANDIS para el pago de un bono de $ 12 mil a los beneficiarios de pensiones por invalidez laboral. También se incorporaron casi $ 300 millones para la atención de pacientes con discapacidad en la Colonia “Montes de Oca”.En tanto, el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 331/22 estableció una batería de ampliaciones presupuestarias para diferentes acciones destinadas a personas discapacitadas por un total de $ 480 mil millones.
En ellos se destacan una partida de $ 315 mil millones para el pago de asignaciones familiares a personas con discapacidad, y otra de $ 132 mil millones para reforzar el pago de pensiones por invalidez.
Responsabilidades
Responsabilidad primaria:
La responsabilidad principal de cubrir las prestaciones recae en la obra social o prepaga, independientemente de sus problemas administrativos
Prescripción médica: Es el médico tratante quien prescribe las prestaciones necesarias y debe asegurarse de que estén incluidas en el nomenclador para su autorización,
persona con discapacidad. Para acceder hay que contar con orden médica
.Está cubierto el tratamiento odontológico
La ley garantiza una atención odontológica integral.Si la persona con discapacidad necesita asistencia domiciliario ¿puede tenerla?Sí.
Esta prestación es para favorecer la vida autónoma y evitar la internación.Está incluida la atención psiquiátrica.
Esta atención incluye el tratamiento en consultorios y la internación transitoria.
Además, están cubiertos los medicamentos que no son producidos en el país.
Transporte
En caso de necesidad, está cubierto el transporte para recibir estas prestaciones.
En los casos en que la persona con discapacidad no pueda utilizar el traslado gratuito en transportes colectivos, tiene derecho a la cobertura de un transporte entre su domicilio y el establecimiento donde recibe la prestación. Incluye el transporte de acompañantes.
Subsidios
Está previsto algún subsidio para la persona con discapacidad y su grupo familiar que estén afectados por una difícil situación económica.
La ayuda económica tiene estas finalidades:
Facilitar la permanencia de la persona con discapacidad en el ámbito social donde reside.
Apoyar a la persona y a su familia ante situaciones excepcionales no contempladas en las demás prestaciones previstas en la ley.Lograr su acceso a la educación, capacitación y rehabilitación.
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