Cuando las ONGs abandonan su lucha, surgen los camalotes permanentes.

El Decreto 118/2006 (publicado el 07/02/2006) modificó normas de transporte en Argentina, principalmente sustituyendo el artículo 1º del Decreto Nº 564/2005 para establecer criterios de distribución de recursos del fideicomiso del Sistema de Infraestructura de Transporte y facultar acuerdos de gasoil a precio diferencial. 

Aspectos clave del Decreto 118/2006:

  • Objetivo: Ajustar la distribución de fondos del fideicomiso que financia el Sistema Integrado de Transporte Automotor (SISTAU) y el Sistema Ferroviario Integrado (SIFER).
  • Gasoil Diferencial: Faculta al Jefe de Gabinete de Ministros a suscribir acuerdos trimestrales con empresas refinadoras/productoras para fijar valores de referencia de gasoil para el transporte público de pasajeros.
  • Reasignación de Fondos: Permite a la Secretaría de Transporte reasignar fondos excedentes entre el SIFER y el SISTAU para mantener el nivel de compensaciones.
  • Vigencia: Las facultades para suscribir acuerdos fueron extendidas, inicialmente, hasta el 31 de diciembre de 2006.
  • Derogación/Modificación: Posteriormente, el artículo 2° del Decreto 118/06 fue derogado por el  Decreto 1123/2017

Este decreto es parte del marco normativo que regula el subsidio al transporte automotor y ferroviario en Argentina.


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