Un fallo judicial ordena al PAMI y al Ministerio de Salud a “normalizar” los pagos por discapacidad. En medio del debate público y político nacional por las demoras en pagos y recortes de fondos para prestaciones de discapacidad, el juez federal de Córdoba Hugo Vaca Narvaja ordenó al PAMI y al Ministerio de Salud de la Nación (mediante el programa Incluir Salud) “normalizar” esos pagos “de manera urgente”.
En su resolución, el magistrado establece un “máximo de 72 horas” para que el Gobierno nacional cumpla con la orden. La cautelar tiene una vigencia de seis meses o hasta que se dicte una sentencia firme, bajo apercibimiento de ley en caso de incumplimiento por parte de los organismos nacionales. El fallo apunta a proteger a quienes cobran pensiones no contributivas y a los beneficiarios del Certificado Único de Discapacidad (CUD). La resolución busca asegurar la continuidad de servicios esenciales que, según plantean los amparistas, están en riesgo por la falta de pagos.
El gobierno nacional resolvió que los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral aumenten a la par de la inflación de abril. La medida de la Secretaría Nacional de Discapacidad, anunciada a través de la Resolución 517/2026 publicada en el Boletín Oficial, retoca los criterios del Sistema de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, correspondiente a mayo de 2026.
El cálculo de la “actualización” para las prestaciones de todo tipo se tomó sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de abril, que fue del 2,6 por ciento según el Indec.
Se trata de una interpretación de las mejoras que se reclaman para los aranceles del nomenclador que establece cuáles son los valores mínimos de prestaciones y tratamientos, y que está varias veces atrasado debido a los continuos incumplimientos por parte del Ministerio de Salud.
Lo que las organizaciones e instituciones reclaman es que se aplique de una vez la Ley de Emergencia en Discapacidad nro. 27.793 que fue sancionada por el Congreso el año pasado y ratificada en varias instancias por el Poder Judicial. También que el oficialismo dé marcha atrás con su intento de reemplazar esa ley por otra que busca eliminar prestaciones y coberturas. En el texto de la resolución, el magistrado repasa que la Ley Nac 27.793, que declara la emergencia en discapacidad, con el objetivo “de efectivizar el cumplimiento de la obligación del Estado nacional, asumida en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de jerarquía constitucional otorgada por la ley 27.044, de modificar leyes y decretos y de adoptar medidas legislativas, ejecutivas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para asegurar, entre otros, los derechos al nivel adecuado de vida, salud, habilitación, rehabilitación, educación, protección social y trabajo de las personas con discapacidad. La ley fue promulgada, pero el Poder Ejecutivo suspendiò su ejecución, con fundamento en lo establecido por el artículo 5° “hasta tanto el Congreso de la Nación determine las fuentes de su financiamiento e incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional que permitan la ejecución de la ley”.
La resolución de hoy firmada por el titular de la Secretaría de Discapacidad, Alejandro Alberto Vilches, indica “una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad para el mes de mayo del año en curso, consistente en un incremento del 2,60 por ciento, sin diferencia por tipo de prestación”.La medida también reconoce “un adicional del 20 por ciento sobre el arancel básico por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica”.
La resolución deja claro que el número fue “calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de abril de 2026, respecto de los valores oportunamente aprobados mediante la Resolución 41/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad”.
En esa resolución se había establecido una actualización al valor de los aranceles para abril pasado del 3,40 por ciento, sin diferencia por tipo de prestación, calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de marzo de 2026.









































































